Es esencial. El artículo 24 de la LPRL obliga al titular de la instalación a coordinar la prevención entre todas las empresas concurrentes, reforzando aún más este deber en entornos SEVESO.
¿Puede haber dolo por parte del técnico de prevención?
Sí, aunque es menos común. Por ejemplo: falsear registros, ocultar riesgos conscientemente, o indicar a la empresa que no imparta formación para...



