Cuando intervienen varias empresas o autónomos, el artículo 24 de la LPRL y el RD 171/2004 obligan a coordinar las medidas preventivas, compartir información y garantizar la seguridad de todos los trabajadores expuestos.
¿Puede haber dolo por parte del técnico de prevención?
Sí, aunque es menos común. Por ejemplo: falsear registros, ocultar riesgos conscientemente, o indicar a la empresa que no imparta formación para...



