Pueden colaborar en la reincorporación, reubicación o rediseño de puestos, desarrollando protocolos junto con la empresa y los servicios de prevención.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



