Permite revisar y adaptar las medidas preventivas cada vez que cambian las condiciones, hay nuevos procesos, se detectan incidentes o varía la plantilla, garantizando una prevención siempre actualizada y eficaz.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



