Son órganos paritarios de consulta, participación y seguimiento de la actividad preventiva, formados por representantes de la empresa y los trabajadores, y obligatorios en empresas con 50 o más empleados.
¿Qué es el servicio de prevención ajeno?
Es una empresa externa contratada para asumir funciones técnicas de prevención cuando la propia organización no tiene medios suficientes.



