Son órganos paritarios de consulta, participación y seguimiento de la actividad preventiva, formados por representantes de la empresa y los trabajadores, y obligatorios en empresas con 50 o más empleados.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



