Los convenios colectivos nacionales establecen disposiciones adicionales en materia de prevención de riesgos laborales que deben cumplirse obligatoriamente por las empresas de seguridad.
¿Es obligatoria la formación específica para quienes manipulan cargas?
Sí. El artículo 4 del RD 487/1997 y el artículo 19 de la LPRL obligan al empresario a proporcionar formación e información específica y actualizada...



