En caso de cese, la empresa debe remitir toda la documentación preventiva a la autoridad laboral, según el artículo 23.2 de la LPRL, para su archivo.
¿Puede haber dolo por parte del técnico de prevención?
Sí, aunque es menos común. Por ejemplo: falsear registros, ocultar riesgos conscientemente, o indicar a la empresa que no imparta formación para...



