La documentación debe conservarse mientras sea relevante y pueda ser requerida por la autoridad laboral o judicial, normalmente durante toda la vigencia de la relación laboral y varios años después.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



