Dejar el arroz cocido a temperatura ambiente por más de 2 horas, no refrigerarlo rápidamente, conservarlo en grandes cantidades sin enfriar en recipientes adecuados, o recalentar arroz varias veces. Estas prácticas son comunes en buffets, comedores escolares y cocinas que cocinan con antelación.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



