La integración transversal de objetivos climáticos en todas las políticas de la UE implica que la PRL debe incorporar sistemáticamente el riesgo climático en sus procesos.
¿Quién debe interpretar y concretar estas obligaciones ante la falta de detalle normativo?
Las autoridades nacionales y las propias empresas, aplicando de forma proactiva las directrices europeas y organismos especializados en SST.



