Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro: la empresa debe minimizar el riesgo biológico adaptando puestos, equipos y procedimientos.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



