Ninguna práctica se autoriza sin justificar su beneficio; las dosis deben mantenerse tan bajas como sea razonablemente alcanzable (ALARA); y nunca se pueden superar los límites legales de dosis.
¿Cuál es el límite anual de dosis efectiva para trabajadores expuestos según el RD 1029/2022?
20 mSv/año para trabajadores expuestos; 1 mSv/año para el público general.