Se deben aplicar los principios del artículo 15 LPRL, como evitar los riesgos, evaluar los inevitables, adaptar el trabajo a la persona, utilizar tecnologías seguras y planificar la prevención integrándola en todos los procesos.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.