Puede incurrir en sanción administrativa, además de poner en riesgo la validez de sus procedimientos y la defensa jurídica ante un accidente laboral.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



