Si no es viable la adaptación, debe emitirse informe técnico por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales proponiendo un cambio de puesto. Así lo indica la Sentencia del TSJ de la Comunidad Valenciana nº 554/2022.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



