El RD 2487/1998 exige que vigilantes de seguridad y guardas particulares del campo acrediten su aptitud física y psíquica como condición para prestar servicios, lo que actúa como medida preventiva.
¿Puede un trabajador negarse a recibir la formación preventiva obligatoria?
No, es un deber legal. La negativa puede dar lugar a sanción disciplinaria, siempre que la empresa haya informado y facilitado correctamente la...



