Deben vigilar y garantizar que los subcontratistas cumplan la normativa de prevención, tal como establece el artículo 24.3 de la LPRL y la transposición de la Directiva 2020/1057, aplicable a transporte nacional e internacional.
¿Puede haber dolo por parte del técnico de prevención?
Sí, aunque es menos común. Por ejemplo: falsear registros, ocultar riesgos conscientemente, o indicar a la empresa que no imparta formación para...



