Explosiones o roturas por sobrepresión, fugas, proyección de partículas, ruido elevado y lesiones por chorros de aire; todos requieren medidas preventivas específicas y documentación de control.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



