Principalmente la exposición a agentes biológicos como la Legionella y a productos químicos utilizados en limpieza y desinfección. Estos riesgos deben ser objeto de evaluación específica por parte del empresario.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



