Uso intensivo de equipos técnicos, instalaciones temporales, desplazamientos constantes y grandes equipos humanos en entornos cambiantes, lo que exige adaptar evaluación y medidas preventivas.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



