Los más habituales son lesiones por movimientos repetitivos, atrapamientos, cortes, exposición a ruido o vibraciones, y fatiga mental o física por ritmos de trabajo intensos.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.