El incumplimiento puede dar lugar a multas, recargos de prestaciones, inhabilitación profesional, responsabilidad civil por daños e incluso procesos penales si se demuestra negligencia grave en la gestión del riesgo sanitario.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



