Riesgo de intoxicaciones alimentarias, multas de sanidad, cierre del negocio, pérdida de reputación y posibles denuncias civiles o penales si un cliente resulta afectado por un alimento mal manipulado. Incluso los alimentos de bajo riesgo, como galletas o mermeladas, pueden contaminarse si no se aplican buenas prácticas.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.