Todos los sectores, pero especialmente centros especiales de empleo, servicios de limpieza, almacenes, administración pública, atención al público y entornos industriales con riesgos físicos, químicos o de accesibilidad.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



