Sectores como la construcción, minería, infraestructuras viarias, transporte ferroviario y marítimo deben ajustar los informes técnicos a las normativas sectoriales específicas, que exigen datos, estructura y recomendaciones preventivas concretas.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



