Sectores como la construcción, minería, infraestructuras viarias, transporte ferroviario y marítimo deben ajustar los informes técnicos a las normativas sectoriales específicas, que exigen datos, estructura y recomendaciones preventivas concretas.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



