El RD 357/2015 exige un sistema eficaz de inspección y certificación para garantizar el cumplimiento del MLC 2006 y las medidas preventivas a bordo.
¿Pueden los trabajadores especialmente sensibles negarse a realizar tareas puntuales aunque estén adaptadas?
Si existe riesgo para su salud, tienen derecho a negarse y la empresa debe respetarlo, sin que esto suponga sanción ni perjuicio para el trabajador.



