El RD 357/2015 exige un sistema eficaz de inspección y certificación para garantizar el cumplimiento del MLC 2006 y las medidas preventivas a bordo.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



