Si no es posible adaptar el puesto para garantizar la seguridad, la empresa debe reubicar al trabajador en otro compatible. Solo en caso de imposibilidad objetiva podrá extinguir el contrato por ineptitud sobrevenida, demostrando que se han agotado todas las opciones de adaptación.
Hacia una PRL compartida: lo que 2026 nos está pidiendo
Que 2026 haya sido declarado Año de la Salud y la Seguridad en el Trabajo no es una casualidad. Llega en un momento clave, coincidiendo con la inminente reforma de la...





