Si no es posible adaptar el puesto para garantizar la seguridad, la empresa debe reubicar al trabajador en otro compatible. Solo en caso de imposibilidad objetiva podrá extinguir el contrato por ineptitud sobrevenida, demostrando que se han agotado todas las opciones de adaptación.
Formación continua en PRL: por qué la experiencia no elimina el riesgo
En muchas empresas, la formación en prevención de riesgos laborales se entiende como un punto de partida: se imparte al incorporarse al puesto y, a partir de ahí, se da...





