La temperatura debe mantenerse entre 17 °C y 27 °C en trabajos sedentarios, y entre 14 °C y 25 °C en trabajos ligeros, según el Anexo III del RD 486/1997.
Hiperconectividad laboral: por qué se ha normalizado y cómo gestionarla desde la prevención de riesgos
La expansión de las tecnologías digitales y del trabajo híbrido ha traído ventajas innegables: mayor autonomía para decidir dónde y cuándo trabajar, más posibilidades...





