La responsabilidad del empresario es objetiva y no se elimina por imprudencias no temerarias del trabajador. La empresa debe prever y mitigar incluso las distracciones previsibles de los trabajadores.
¿Pueden los trabajadores especialmente sensibles negarse a realizar tareas puntuales aunque estén adaptadas?
Si existe riesgo para su salud, tienen derecho a negarse y la empresa debe respetarlo, sin que esto suponga sanción ni perjuicio para el trabajador.



