Según la LISOS, las infracciones pueden clasificarse como leves, graves o muy graves, con sanciones económicas desde los 45 hasta más de 800.000 euros, según la gravedad y la reincidencia.
¿La falta de normativa sectorial específica exime al empresario textil de sus obligaciones en prevención?
No. La LPRL actúa como norma de mínimos y supletoria. La empresa está igualmente obligada a garantizar una protección eficaz, incluso sin una norma...



