Según la LISOS, las infracciones pueden clasificarse como leves, graves o muy graves, con sanciones económicas desde los 45 hasta más de 800.000 euros, según la gravedad y la reincidencia.
¿Quién debe interpretar y concretar estas obligaciones ante la falta de detalle normativo?
Las autoridades nacionales y las propias empresas, aplicando de forma proactiva las directrices europeas y organismos especializados en SST.



