Según la LISOS, las infracciones pueden clasificarse como leves, graves o muy graves, con sanciones económicas desde los 45 hasta más de 800.000 euros, según la gravedad y la reincidencia.
¿Está permitido que un trabajador rechace un EPI alegando incomodidad?
No. El uso del EPI es obligatorio cuando el riesgo no puede evitarse por otros medios. Rechazarlo sin justificación técnica puede ser considerado...



