Cocineros, ayudantes, camareros, personal de montaje, transportistas y cualquier trabajador que entre en contacto directo o indirecto con alimentos o utensilios en eventos. La normativa europea (Reglamento CE 852/2004) exige formación higiénico-sanitaria a todos los manipuladores del proceso alimentario, desde la cocina hasta el servicio.
¿El Real Decreto 486/1997 es aplicable a los locales comerciales?
Sí. El RD 486/1997 establece disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a todos los lugares de trabajo, lo que incluye supermercados,...



