La documentación debe estar disponible para la autoridad laboral y, en su caso, para los delegados de prevención. El acceso a los datos de salud queda restringido al personal sanitario.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.