Sí. En ausencia de normativa específica para ciertos aspectos del trabajo marítimo, se aplica el RD 1215/1997, que regula las condiciones de seguridad en el uso de equipos de trabajo.
¿Qué ocurre si no hay relación laboral formal con el trabajador de plataforma?
Aunque no haya contrato laboral, si hay una inserción organizativa relevante, puede haber exigencia de medidas preventivas. La tendencia...