Sí. En ausencia de normativa específica para ciertos aspectos del trabajo marítimo, se aplica el RD 1215/1997, que regula las condiciones de seguridad en el uso de equipos de trabajo.
¿Qué estándares de utilización segura establece el Anexo II del RD 1215/1997?
Acceso y permanencia seguros en todos los lugares necesarios para usar o mantener equipos; instalación y uso que eviten caídas, vuelcos o...



