Sí. El alquiler de embarcaciones, al ser una actividad empresarial desarrollada en el entorno portuario, está sujeto a la Ley 31/1995 de forma supletoria.
¿Están cubiertos los riders o repartidores de plataformas digitales por algún convenio?
Existe debate, pero algunos tribunales han aplicado el convenio estatal de mensajería a repartidores de plataformas como Amazon cuando la empresa no...



