Sí. El alquiler de embarcaciones, al ser una actividad empresarial desarrollada en el entorno portuario, está sujeto a la Ley 31/1995 de forma supletoria.
¿Qué ocurre si falta algún elemento esencial en el informe técnico preventivo?
La falta de identificación de riesgos, de medidas preventivas reales, de seguimiento o de adaptación a los cambios puede ser interpretada por los...



