Sí. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y el Estatuto de los Trabajadores (art. 6.2) imponen la aplicación directa de la normativa general a los menores, con obligaciones reforzadas por su especial vulnerabilidad.
¿La formación debe adaptarse a cada puesto y riesgo?
Sí. Debe ser específica, suficiente y adecuada para cada puesto, y repetirse cuando cambien los riesgos o las condiciones de trabajo.



