Sí. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y el Estatuto de los Trabajadores (art. 6.2) imponen la aplicación directa de la normativa general a los menores, con obligaciones reforzadas por su especial vulnerabilidad.
¿Es obligatorio señalizar las zonas con riesgo eléctrico?
Sí. El RD 614/2001 obliga a delimitar y señalizar las zonas de riesgo con carteles normalizados y medidas de aislamiento.



