En muchos casos, sí. El montaje de escenarios, estructuras, gradas o instalaciones eléctricas puede ser considerado una obra temporal, lo que activa la aplicación del Real Decreto 1627/1997 sobre obras de construcción.
¿Qué es un riesgo residual?
Es el nivel de riesgo que aún queda tras aplicar todas las medidas de prevención razonables. Debe ser gestionado y comunicado.



