Sí. Las plataformas elevadoras móviles están incluidas como equipos de trabajo según el RD 1215/1997, por lo que deben cumplir todas las condiciones de seguridad exigidas.
¿Existe jurisprudencia específica sobre prevención de riesgos laborales en plataformas elevadoras?
Sí. Sentencias como la del TSJ de Castilla y León nº 357/2021 y TSJ de Comunidad Valenciana nº 485/2021 reconocen que las plataformas elevadoras...



