Sí. Las plataformas elevadoras móviles están incluidas como equipos de trabajo según el RD 1215/1997, por lo que deben cumplir todas las condiciones de seguridad exigidas.
Prevención de riesgos laborales en pymes: lo que está revisando la Inspección de Trabajo
La Inspección de Trabajo está reforzando su actuación en ámbitos muy concretos relacionados con la prevención de riesgos laborales en las pymes, con atención especial a...





