Sí. Las plataformas elevadoras móviles están incluidas como equipos de trabajo según el RD 1215/1997, por lo que deben cumplir todas las condiciones de seguridad exigidas.
Cómo prepararse para los cambios en prevención de riesgos laborales
La prevención de riesgos laborales está viviendo un momento de transformación. Tanto el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) como la Inspección...




