Sí. Las plataformas elevadoras móviles están incluidas como equipos de trabajo según el RD 1215/1997, por lo que deben cumplir todas las condiciones de seguridad exigidas.
¿Qué jurisprudencia relevante existe sobre despidos por ineptitud sobrevenida en casos de especial sensibilidad?
La jurisprudencia exige que la empresa agote todas las opciones de adaptación antes del despido y demuestre objetivamente la imposibilidad de...



