Sí. Las plataformas elevadoras móviles están incluidas como equipos de trabajo según el RD 1215/1997, por lo que deben cumplir todas las condiciones de seguridad exigidas.
¿Qué pasa si el convenio colectivo del sector está desactualizado?
Aunque esté desactualizado, sus condiciones pueden aplicarse como parte del contrato de trabajo. Además, la evaluación de riesgos debe actualizarse...



